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HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 8

Normas y principios supletorios generales

Este número en otras leyes
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A los casos que no puedan resolverse por las disposiciones de este Código o de las leyes tributarias específicas, se aplicarán supletoriamente los Principios Materiales y Formales del Derecho Tributario, y en su defecto los de otras ramas jurídicas que más se avengan a su naturaleza y fines.

Este artículo en la práctica

Casos, riesgos y argumentos se abren con tu usuario de HazConta

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