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Texto vigente

Artículo 232

Responsabilidad de los representantes

Este número en otras leyes
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En el caso de obligaciones cumplidas a través de representantes, éstos son responsables personalmente de sus obligaciones como tales y por las infracciones que cometieren; sin perjuicio de la responsabilidad que corresponda a los propios representados, como sujetos pasivos de las obligaciones incumplidas.

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