Artículo 141
Registros para contribuyentes inscritos del impuesto a la transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios
Los contribuyentes inscritos del Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, deberán llevar los libros o registros de Compras y de Ventas relativos al control del referido impuesto, así como registros y archivos especiales y adicionales que sean necesarios y abrir las cuentas especiales requeridas para el control del cumplimiento de dicho impuesto.
Los importadores deberán asimismo abrir cuentas especiales para registrar los créditos fiscales trasladados en sus operaciones y las cantidades pagadas a
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- Riesgo altoAnotaciones inexactas en Libros de IVA100%
- Riesgo altoCrédito Fiscal sin respaldo contable100%
- Riesgo altoOmisión de registro de operaciones en contabilidad y libros de IVA100%
- Riesgo altoRechazo de Crédito Fiscal por Falta de Registro Contable100%
- y 10riesgos más
14 riesgos fiscales se apoyan en este artículo, 12 de ellos de nivel alto
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17 argumentos reales: 9 de defensa con su tasa de éxito y 8 de la DGII
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