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Texto vigente

Artículo I

Objeto

Este número en otras leyes
1

La presente circular tiene como objeto establecer los supuestos en que los sujetos pasivos de los impuestos administrados por esta Dirección General, se encontrarán obligados a actualizar la información correspondiente a su dirección para recibir notificaciones, según lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 50 del Código Tributario.