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Texto vigente Última reforma: D.L. No. 487 · 30 de agosto de 2022

Artículo 119-B

Documento tributario electrónico

Este número en otras leyes
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Para los efectos de lo establecido en el presente Código, se entiende por Documento Tributario Electrónico el documento tributario generado, firmado y transmitido electrónicamente a la Administración Tributaria y que cuenta con el sello de recepción otorgado por la misma.

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Historial de reformas

  1. D.L. No. 487 30 de agosto de 2022 D.O. D.O. No. 175, Tomo No. 436 D.L. No. 487 de 30 de agosto de 2022, D. O. No. 175, Tomo No. 436, de 20 de septiembre de 2022. El presente Decreto contiene las siguientes disposiciones: Art. 1.- Adiciónese al Título III en su Capítulo I, Sección Quinta, una Subsección Primera, que se integrará con su epígrafe, acápites y artículos que se comprenden, de la manera siguiente: "Sub- Sección Primera Documentos Tributarios Electronicos" Art. 119-A - Hasta el Art. 119-H. Art. 2.- Sustituyese los literales a), b) y c) del inciso terc

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