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Texto vigente

Artículo 57

Cambio de domicilio tributario

Este número en otras leyes
1

Los contribuyentes y responsables deberán informar, por escrito a la Administración Tributaria el cambio de su domicilio tributario, personalmente o por medio de tercero debidamente autorizado.

2

El duplicado del aviso debidamente sellado hará fe de dicha información.

3

La comunicación del cambio de domicilio deberá efectuarse dentro del plazo de diez días a partir de la fecha en que se produzca el mismo. Art. 165 y ss CT

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