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HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 200

Medios de prueba

Este número en otras leyes
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Podrá invocarse todos los medios de prueba admitidos en derecho, con excepción de la testimonial, ésta prueba únicamente será pertinente, para los casos de desviación de poder o por cuestiones de inmoralidad administrativa, que produzcan vicio en el acto administrativo y lo invaliden, sea que beneficie o perjudique al contribuyente, sin perjuicio de subsanarse en lo necesario, siempre que no hubiere transcurrido el término de caducidad. Art. 175 C, 2 numeral 10 RACT

Este artículo en la práctica

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