Artículo 53
Requisitos de la solicitud de autorización de retiro de máquinas registradoras o sistemas computarizados
La solicitud de autorización de retiro de máquinas registradoras o sistemas computarizados que hayan sido autorizadas para la emisión de tiquetes en sustitución de facturas deberá ser firmada por el contribuyente, su representante o apoderado y en el caso de personas jurídicas por quien tenga la representación legal, en los términos del artículo 34 del Código Tributario, y deberá contener la siguiente información. Art. 115 CT
- a)
Expresar los motivos por los que se retira la máquina registradora o sistema computarizado autorizado, anexando las pruebas correspondientes que justifican el retiro, tales como: contratos de arrendamiento o venta, facturas de venta, o cambios de equipo por renovación tecnológica o desperfectos irreparables, legales y otras circunstancias según el caso.
- b)
Anexar fotocopias de:
- 1.-)
La resolución de autorización para el uso de máquinas registradoras o sistemas computarizados en el establecimiento original y posteriores traslados de los mismos si es el caso;
- 2.-)
Del último tiquete "z" emitido y de la cinta de auditoria del día último de operaciones en el establecimiento para el que se autorizó;
- 3.-)
Del folio del libro de ventas a consumidor final donde consta la última anotación por ventas efectuadas mediante el equipo que se retira, y el original del cartel de autorización respectivo.
- 1.-)
En caso de no ser posible que se presenten algunos de los documentos referidos por razones de caso fortuito o fuerza mayor, deberán agregarse las pruebas correspondientes para su evaluación.
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