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HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 98

Presupuestos para la adopción

Este número en otras leyes
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Para decidir sobre la medida cautelar el Tribunal deberá valorar:

  1. a)

    Si la actuación u omisión impugnada produce o puede producir un daño irreparable o de difícil reparación por la sentencia.

  2. b)

    Si de la pretensión puede establecerse, mediante un juicio provisional, la apariencia favorable a derecho.

  3. c)

    Todos los intereses en conflicto; la medida podrá denegarse cuando de esta pudiera seguirse perturbación grave a los intereses generales o de terceros, que el Tribunal ponderará en forma circunstanciada.

Este artículo en la práctica

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