Artículo 2
Extensión de la competencia
La jurisdicción contencioso administrativa podrá conocer de las cuestiones prejudiciales e incidentales no sujetas al Derecho Administrativo, pero relacionadas con el objeto del proceso contencioso administrativo, con excepción de las cuestiones de índole penal.
La decisión que se pronuncie no producirá efectos fuera del proceso judicial en que se dicte y no vinculará a la jurisdicción correspondiente.
Este artículo en la práctica
Casos, riesgos y argumentos se abren con tu usuario de HazConta
Otros artículos muy citados de esta ley
-
Un contribuyente importó cafeteras de alta capacidad, clasificándolas como de uso comercial (0% DAI). La Dirección de Aduanas reclasificó las mercancías como de uso doméstico (15% DAI) basándose en los manuales de usuario y la garantía del fabricante, lo que generó una determinación de impuestos y…
Ningún caso cargado con ese filtro.
Ningún riesgo del catálogo se apoya en este artículo todavía.
Aún no hay argumentos extraídos de casos sobre este artículo.
Qué documentos exigir y los 3 errores que ya costaron multas
Con el monto de cada sanción tal como quedó en la resolución. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
Guarda tus propios comentarios en cada artículo
Apunta lo que revisaste, lo que le falta a un cliente o el criterio que quieres recordar. Se anclan al inciso y te siguen desde cualquier dispositivo. Se abre con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.