Artículo 57
Contenido de la sentencia
La sentencia contendrá pronunciamiento sobre los asuntos que han sido controvertidos. Además, determinará la procedencia de las costas procesales que correspondan.
Toda sentencia deberá contener:
- a)
El Tribunal que pronuncia la sentencia y las partes que intervinieron en el proceso.
- b)
Delimitación precisa de las pretensiones planteadas, así como los fundamentos de hecho y de derecho de cada una de las partes.
- c)
Las pruebas propuestas y practicadas.
- d)
Los hechos que se consideran probados y los que no.
- e)
La relación sucinta de los hechos relevantes acreditados en el proceso.
- f)
Exposición razonada de los fundamentos de derecho aplicables.
- g)
El fallo que corresponda en derecho.
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