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HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 123

Aplicación de norma procesal supletoria

Este número en otras leyes
1

En el proceso contencioso administrativo se aplicarán, en cuanto fueren compatibles con la naturaleza de este, las disposiciones del Código Procesal Civil y Mercantil que no contraríen el texto y sus principios procesales.

2

En la jurisdicción contencioso administrativa no habrá lugar al recurso extraordinario de casación.

Este artículo en la práctica

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