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Texto vigente

Artículo 39

Falta de remisión del expediente administrativo

Este número en otras leyes
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En caso de que el órgano de la Administración Pública no presentase el expediente administrativo o el concesionario la documentación requerida, o estos no justificaran debidamente el incumplimiento, el Tribunal impondrá una multa equivalente a un salario mínimo diario del sector comercio y servicio, por cada día de retraso y dará aviso a la Fiscalía General de la República.

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