Saltar al contenido
HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 111

Formas de poner fin al procedimiento

Este número en otras leyes
1

El procedimiento administrativo podrá terminar por resolución expresa de la autoridad administrativa competente, por silencio administrativo positivo o negativo, desistimiento, renuncia o declaración de caducidad.

Este artículo en la práctica

Casos, riesgos y argumentos se abren con tu usuario de HazConta

Otros artículos muy citados de esta ley