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HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 134

Objeto

Este número en otras leyes
1

Los actos definitivos que ponen fin al procedimiento, siempre que no agoten la vía administrativa y los actos de trámite cualificados a que se refiere esta ley podrán ser impugnados mediante recurso de apelación ante el superior jerárquico de quien hubiera dictado el acto o ante el órgano que determine la ley.

2

No procederá interponer este recurso contra los actos de los ministros de Estado.

Este artículo en la práctica

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