Saltar al contenido
HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 39

Validez actos sucesivos

Este número en otras leyes
1

La invalidez de un acto no implicará la de los sucesivos en el procedimiento, cuando éstos sean independientes de aquel.

2

La invalidez de una parte de un acto administrativo no afectará a los demás elementos que sean independientes de aquella, salvo que la parte viciada sea de tal importancia que sin ella el acto administrativo no hubiera sido dictado.

Otros artículos muy citados de esta ley