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Texto vigente

Artículo 71

Contenido de la petición

Este número en otras leyes
1

Si el procedimiento se inicia a instancia de persona interesada, la petición deberá contener:

  1. 1)

    El órgano o funcionario a quien se dirige.

  2. 2)

    El nombre y generales del interesado, domicilio, lugar o medio técnico, sea electrónico, magnético o cualquier otro, señalado para notificaciones y, en su caso, el nombre y generales de la persona que le represente.

  3. 3)

    El nombre y generales de los terceros interesados, domicilio y el lugar donde pueden ser notificados, si fueren de su conocimiento.

  4. 4)

    Los hechos y razones en que se fundamenta la petición.

  5. 5)

    La petición en términos precisos.

  6. 6)

    La firma del interesado o de su representante, por cualquiera de los medios legalmente permitidos.

  7. 7)

    Lugar y fecha.

  8. 8)

    Las demás exigencias que establezcan las leyes aplicables.

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