Saltar al contenido
HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 19

Validez de la información

Este número en otras leyes
1

Los documentos emitidos por los órganos de la Administración Pública mediante tecnologías de la información y de la comunicación, gozarán de la validez de un documento original, siempre que quede garantizada su autenticidad, integridad y conservación, y que se cumplan los requisitos y garantías que disponga la legislación pertinente. Para ello, la Administración Pública podrá utilizar cualquiera de las formas de firma electrónica o mecanismos de autenticidad.

Este artículo en la práctica

Casos, riesgos y argumentos se abren con tu usuario de HazConta

Otros artículos muy citados de esta ley