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Texto vigente

Artículo 9

Este número en otras leyes
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El Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social una vez recibida la solicitud con los anexos a que se ha hecho referencia en el artículo anterior la aceptará si estuviere completa, pero si faltare algún requisito prevendrá al solicitante para que lo subsane.

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