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Texto vigente Última reforma: D.L. No. 543 · 16 de diciembre de 2004

Artículo 55 C

Este número en otras leyes
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Los incumplimientos a la obligación de declarar el impuesto, serán sancionados de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 238 del Código Tributario.

Historial de reformas

  1. D.L. No. 543 16 de diciembre de 2004 D.O. D.O. No. 239, Tomo No. 365 D.L. No. 543, del 16 de diciembre de 2004, D. O. No. 239, Tomo No. 365, del 22 de diciembre de 2004. El decreto anterior contiene además las siguientes disposiciones transitorias: "Art. 24.- (TRANSITORIO) Las normas tributarias de esta Ley se regirán de conformidad con las siguientes reglas: a) Las normas sustantivas, regirán a partir del periodo tributario mensual siguiente al de la fecha de entrada en vigencia. b) Las normas relativas a facultades y procedimientos serán aplicables de manera in

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