Artículo 68
A partir de la vigencia de la presente Ley, quedan derogadas las siguientes leyes:
- 1)
El Título IX del Código Fiscal, emitido por Decreto Legislativo de fecha 8 de julio de 1916, publicado en el Diario oficial No. 262, Tomo 81, de fecha 15 de noviembre del mismo año.
- 2)
El Reglamento de Licores, emitido por Decreto legislativo de fecha 8 de julio de 1916, publicado en el Diario Oficial No. 2262, Tomo 81, de fecha 15 de noviembre del mismo año.
- 3)
Los Decretos legislativos de fecha 27 de agosto de 1923, publicado en el Diario Oficial N° 195, de fecha 29 de agosto del mismo año, que respectivamente se refieren a las fórmulas para la desnaturalización del alcohol y la fabricación del alcohol éter.
- 4)
El Decreto Legislativo No. 56, de fecha 28 de octubre de 1932, publicado en el Diario Oficial N° 247, Tomo 113 de fecha 29 de octubre de ese mismo año.
- 5)
El Decreto Legislativo No. 51, de fecha 27 de octubre de 1932, publicado en el Diario Oficial N° 253, Tomo 113 de fecha 7 de noviembre de ese mismo año.
- 6)
El Decreto Legislativo No. 189, de fecha 14 de setiembre de 1933, publicado en el Diario Oficial N° 207, Tomo 115 de fecha 20 de septiembre de ese mismo año.
- 7)
La Ley sobre venta de Aguardientes en Envases Oficiales, contenida en el Decreto Legislativo No. 168, de fecha dieciséis de noviembre de 1946, publicada en el Diario Oficial No. 271, Tomo 141 de fecha 7 de diciembre de ese mismo año y su respectivo registro.
- 8)
El Decreto Legislativo No. 66, de fecha 9 de junio de 1948, publicado en el Diario Oficial N° 126, Tomo 144, de fecha 12 de junio del mismo año.
- 9)
El Decreto Legislativo No. 1312, de fecha 16 de diciembre de 1953, publicado en el Diario Oficial N° 231, Tomo 161 de fecha 18 de agosto del mismo año.
- 10)
El Decreto Legislativo No,. 2895, de fecha 23 de julio de 1959, publicado en el Diario Oficial No. 145, Tomo 184, de fecha 13 de agosto del mismo año.
- 11)
La ley de Impuestos sobre Vinos de Frutas, contenida en el Decreto No. 240, del Directorio Cívico Militar de la República de fecha 10 de agosto de 1961, publicado en el Diario Oficial No. 146, Tomo 192, de fecha 15 de agosto del mismo año, sus reformas y su respectivo reglamento.
- 12)
El Decreto Legislativo No. 49, de fecha 24 de julio de 1970, que contiene la Ley sobre el Consumo de Alcohol Etílico para Usos Industriales, publicada en el Diario Oficial No. 144, Tomo 228, de fecha 12 de agosto del mismo año.
- 13)
El Decreto No. 513 emitido por la Junta Revolucionaria de Gobierno el 4 de diciembre de 1980, publicado en el Diario Oficial No. 229, Tomo 269 de la misma fecha.
- 14)
La Ley de Impuestos sobre Cervezas y Bebidas Gaseosas emitida por medio de Decreto Legislativo No. 73, de fecha 7 de noviembre de 1978, publicado en el Diario Oficial No. 221, Tomo 261, del día 28 de noviembre de 1978.
- 15)
El Decreto Legislativo No. 7, de fecha 23 de diciembre de 1983, publicado en el Diario Oficial No. 240, Tomo 281, del 24 de diciembre del mismo año.
- 16)
El Decreto Legislativo No. 346, de fecha 19 de mayo de 1995, publicado en el Diario Oficial No. 112, Tomo 327, del 189 de junio de ese mismo año.
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