Artículo 57
La retención en remuneraciones
Se aplica el método de retención de rentas, para la recaudación del impuesto, intereses y multas que correspondieren a los sujetos que obtengan rentas en el país, de acuerdo con las disposiciones de esta ley.
No están sujetas a retención las remuneraciones pagadas por servicios prestados a un Gobierno extranjero.
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