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Texto vigente

Artículo 78

Graduación de la cuantía de las sanciones

Este número en otras leyes
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La cuantía de las multas que se impongan, dentro de los límites indicados, se graduará teniendo en cuenta lo siguiente:

  1. a)

    La existencia de intencionalidad o de reiteración en el hecho.

  2. b)

    La reincidencia, por comisión de infracciones de la misma naturaleza, sancionadas mediante resolución firme.

  3. c)

    La naturaleza y cuantía de los perjuicios causados por el infractor.

  4. d)

    La extensión del período durante el que se haya venido cometiendo la infracción.

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