Artículo 49
Requisitos para ser oficial de información
Para ser Oficial de Información se requiere:
- a)
Ser salvadoreño, de reconocida honorabilidad, con experiencia en la Administración Pública, e idoneidad para el cargo.
- b)
De preferencia con título universitario.
- c)
No haber sido condenado por la comisión de algún delito o sancionado por infringir la Ley de Ética Gubernamental en los cinco años anteriores al ejercicio del cargo.
- d)
Estar solvente de responsabilidades administrativas en la Corte de Cuentas de la República, la Procuraduría General de la República y la Hacienda Pública. En caso de profesiones regladas, no haber sido sancionado por el organismo de vigilancia de la profesión en los últimos cinco años.
- e)
Tener cuando menos veintiún años de edad el día de su designación.
- f)
Participar en concurso transparente y abierto para acceder al cargo.
- g)
Recibir un curso preparatorio impartido por el Instituto.
En los casos en que, de conformidad con el artículo anterior, la designación del oficial recaiga en el Secretario Municipal o en un miembro del Concejo Municipal, bastará el cumplimiento de los requisitos establecidos en los literales a, c, d, e yg del inciso anterior.
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