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Texto vigente

Artículo 15

Información oficiosa del tribunal supremo electoral

Este número en otras leyes
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El Tribunal Supremo Electoral deberá divulgar de manera oficiosa, además de la mencionada en el artículo 10, la siguiente:

  1. a)

    El proyecto de agenda de sus sesiones ordinarias y extraordinarias.

  2. b)

    Las actas del pleno.

  3. c)

    La jurisprudencia emanada de sus resoluciones.

  4. d)

    Resoluciones emitidas de peticiones, denuncias o recursos interpuestos por los ciudadanos, partidos políticos o coaliciones.

  5. e)

    El calendario electoral.

  6. f)

    El listado de los candidatos a cualquier cargo de elección popular.

  7. g)

    El resultado de los escrutinios.

  8. h)

    La conformación de las juntas electorales departamentales y municipales, y los representantes legales de los partidos o coaliciones ante dichos organismos

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