Artículo 43
Responsable de archivos
Los titulares de los entes obligados designarán a un funcionario responsable de los archivos en cada entidad, quien será el encargado de la organización, catalogación, conservación y administración de los documentos de la entidad; además, elaborará y pondrá a disposición del público una guía de la organización del archivo y de los sistemas de clasificación y catalogación.
Otros artículos muy citados de esta ley
Ninguna sentencia del TAIIA invoca este artículo todavía.
Ningún riesgo del catálogo se apoya en este artículo todavía.
Aún no hay argumentos extraídos de casos sobre este artículo.
Aún no hay documentos ni errores vinculados a este artículo.
Guarda tus propios comentarios en cada artículo
Apunta lo que revisaste, lo que le falta a un cliente o el criterio que quieres recordar. Se anclan al inciso y te siguen desde cualquier dispositivo. Se abre con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.