Saltar al contenido
HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 64

Validez de la información

Este número en otras leyes
1

Los documentos emitidos por los órganos de la Administración Pública utilizando tecnologías de la información y comunicaciones gozarán de la validez de un documento original, siempre que quede garantizada su autenticidad, integridad y conservación, y el cumplimiento de requisitos y garantías que disponga la legislación pertinente.

Otros artículos muy citados de esta ley