Artículo 57
Traslacion del debito fiscal. concepto del credito fiscal
Los contribuyentes deberán trasladar a los adquirentes de los bienes y a los prestatarios de los servicios, una cantidad equivalente al monto del débito fiscal generado en cada operación gravada.
Dicha cantidad deberá constar en el Comprobante de Crédito Fiscal a que se refiere al Art. 97 de esta ley, en forma separada del precio o remuneración de la operación y deberá pagarse conjuntamente a los vendedores o a quienes transfieren el dominio de los bienes o a los prestadores de los servicios, según quien haya emitido tal documento. Para los efectos del presente impuesto la suma trasladada a los adquirentes o prestatarios se denomina "Crédito Fiscal".
Respecto de los importadores, constituye crédito fiscal el impuesto pagado en la importación o internación.
Este artículo en la práctica
Casos, riesgos y argumentos se abren con tu usuario de HazConta
Otros artículos muy citados de esta ley
-
El Tribunal de Apelaciones modifica una resolución de la DGII contra una empresa de limpieza. El Tribunal acepta parcialmente la justificación del contribuyente sobre depósitos bancarios, reduciendo la determinación por incremento patrimonial no justificado y la multa por evasión. Sin embargo,…
Ningún caso cargado con ese filtro.
Hay 30 casos más sobre este artículo
El criterio del Tribunal, el resumen de cada caso y el documento original se abren con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
1 riesgos fiscales se apoyan en este artículo, 1 de ellos de nivel alto
Cada uno trae su porcentaje de confirmación ante el Tribunal y qué hacer para no caer en él. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
- tipicidad100% de éxito
- capacidad contributiva100% de éxito
- prueba57% de éxito
7 argumentos reales: 6 de defensa con su tasa de éxito y 1 de la DGII
Extraídos de los casos del TAIIA sobre este artículo. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
1 documento · 1 obligatorio
Mandamiento de Pago de IVA por Importación de Servicios
Qué documentos exigir y los 10 errores que ya costaron multas
Con el monto de cada sanción tal como quedó en la resolución. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
Guarda tus propios comentarios en cada artículo
Apunta lo que revisaste, lo que le falta a un cliente o el criterio que quieres recordar. Se anclan al inciso y te siguen desde cualquier dispositivo. Se abre con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.