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Texto vigente Última reforma: D.L. No. 224 · 12 de diciembre de 2009

Artículo 27

Asociación de sujetos pasivos

Este número en otras leyes
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En el caso de agrupamiento de sujetos pasivos señalados en el Art. 20 de esta ley, organizados para un negocio u operación específica o particular, cuando no tiene una personalidad jurídica propia, el responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias sustantivas y formales es el representante o administrador y a falta de éstos actuarán los asociados, partícipes, o sus integrantes, quienes responden solidariamente de las deudas tributarias del agrupamiento.

Historial de reformas

  1. D.L. No. 224 12 de diciembre de 2009 D.O. D.O. No. 237, Tomo No. 385 D.L. No. 224, de 12 de diciembre de 2009. D. O. No. 237, Tomo No. 385, del 17 de diciembre de 2009. LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE EL SALVADOR CONSIDERANDO: I. Que por D. L. No. 296... se emitió la Ley de Impuesto a la Transferencia de Bienes Mueles y a la Prestación de Servicios. II. Que la Administración Tributaria en el ejercicio de sus facultades de fiscalización ha detectado prácticas orientadas a la deducción indebida de créditos fiscales, tendientes a obtener beneficios trib

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