Saltar al contenido
HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 172

Reintegro crédito por exportaciones mediante certificados

Este número en otras leyes
1

Lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 77 de esta ley se aplicará después de transcurrido un plazo de seis meses, contados a partir de la fecha de vigencia de la misma.

Otros artículos muy citados de esta ley