Artículo 170
Adecuación de los valores de los contratos
Los precios, valores o coeficientes estipulados en los contratos suscritos con anterioridad a la vigencia de esta ley, se entenderán modificados en lo que corresponda, considerando la incidencia en ellos del presente impuesto y la eliminación del impuesto de timbres. No obstante, las partes contratantes podrán prescindir de esta norma y acordar libremente lo que estimaren conveniente a sus intereses.
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