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HazConta Leyes
Confirmatorio Impuesto sobre la Renta Notificada el 30 de enero de 2026 · Tasación/Multa

Sentencia 014-0525

Para que los ajustes a los ingresos y costos sean válidos fiscalmente, es indispensable cumplir con los requisitos formales exigidos por la ley: las Notas de Crédito deben referenciar siempre el CCF original, y cualquier ajuste a operaciones de comercio exterior (importaciones/exportaciones) debe respaldarse obligatoriamente con la rectificación de las Declaraciones de Mercancías ante Aduanas, no bastando los documentos comerciales emitidos por proveedores o clientes extranjeros.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

La DGII fiscalizó a una sociedad farmacéutica respecto al Impuesto sobre la Renta del ejercicio 2021, determinando ingresos no declarados por ajustes improcedentes a ventas locales y exportaciones, y objetando costos y gastos (vivienda, colegiaturas, viajes, honorarios, bonificaciones y donaciones) por falta de documentación idónea y falta de necesidad. El TAIIA confirmó la resolución de la DGII, validando las liquidaciones y las multas impuestas por evasión no intencional y por no proporcionar información en los plazos legales, enfatizando que los ajustes a operaciones aduaneras requieren rectificación de las DM/DUCA y que los gastos deben cumplir estrictamente los requisitos formales y de necesidad.

Qué deja este caso

Para que los ajustes a los ingresos y costos sean válidos fiscalmente, es indispensable cumplir con los requisitos formales exigidos por la ley: las Notas de Crédito deben referenciar siempre el CCF original, y cualquier ajuste a operaciones de comercio exterior (importaciones/exportaciones) debe respaldarse obligatoriamente con la rectificación de las Declaraciones de Mercancías ante Aduanas, no bastando los documentos comerciales emitidos por proveedores o clientes extranjeros.

Montos en disputa

$1,862,349.95

impuesto determinado

$598,848.78

multa

$2,461,198.73

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sostiene que la resolución fue emitida conforme a derecho mediante un acuerdo válido de delegación de competencia emitido por la Subdirección General. Argumenta que dicha delegación está amparada en la Ley Orgánica de la DGII y la Ley de Procedimientos Administrativos.
  2. Confirmado 2 · La DGII rechazó la disminución de ingresos porque las Notas de Crédito emitidas por el contribuyente no hacían referencia al número de Comprobante de Crédito Fiscal (CCF) original modificado. Además, señaló que en los descuentos no se detallaban los bienes sujetos a modificación.
  3. Confirmado 3 · La DGII objetó los ajustes a los ingresos por exportaciones porque el contribuyente utilizó Notas de Débito y Cargo emitidas por clientes del exterior. Señaló que el procedimiento legal correcto exigía la rectificación de las Declaraciones de Mercancías (DUCA) ante la autoridad aduanera.
  4. Confirmado 4 · La DGII objetó el incremento al costo de venta amparado en Notas de Débito de un proveedor extranjero por diferencias en precios. Argumentó que no se rectificaron las declaraciones de importación ni se vinculó el ajuste a productos específicos vendidos en el ejercicio.
  5. Confirmado 5 · La DGII objetó estos gastos por considerarlos gastos personales y de vida de los directivos y sus familias. Argumentó que no califican como erogaciones con fines sociales al no otorgarse de forma generalizada a todos los empleados de la empresa.
  6. Confirmado 6 · La DGII objetó el gasto en honorarios profesionales porque los servicios correspondían a la defensa de una fiscalización del ejercicio 2017. Concluyó que no eran necesarios ni indispensables para la generación de rentas del ejercicio fiscalizado (2021).
  7. Confirmado 7 · La DGII objetó los gastos de viaje porque incluyeron a familiares de los directivos y carecían de comprobación de propósito comercial. Señaló que, según reportes migratorios, muchos viajes fueron por turismo o residencia.
  8. Confirmado 8 · La DGII objetó las bonificaciones porque no se detallaron las actividades adicionales realizadas para merecerlas y la política corporativa carecía de parámetros claros. Además, identificó que algunos pagos correspondían a métricas de los años 2019 y 2020.
  9. Confirmado 9 · La DGII objetó las donaciones porque las instituciones beneficiarias no informaron a la Administración Tributaria haberlas recibido. Además, señaló discrepancias entre el valor de costo registrado y el valor de venta consignado en los comprobantes de medicamentos.