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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 31 de enero de 2023 · Multa

Sentencia R2204010TM

El cumplimiento estricto de los requisitos formales y sustantivos es crucial. Los documentos tributarios como las Notas de Crédito deben cumplir todas las formalidades legales para ser válidos. Además, la clasificación de ingresos debe seguir el principio de territorialidad basado en el uso económico del servicio, y los gastos deben ser necesarios, oportunos en su registro contable y estar explícitamente permitidos por la ley para ser deducibles.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta de $1,017,781.75 y una multa de $263,207.99 a una sociedad financiera. Los hallazgos incluyen rentas no declaradas por ajustes improcedentes con notas de crédito defectuosas, la incorrecta exclusión de comisiones 'incoming' como renta no gravada, y la deducción de gastos no registrados en el período fiscal correcto y gastos de una fiesta navideña considerados no necesarios.

Qué deja este caso

El cumplimiento estricto de los requisitos formales y sustantivos es crucial. Los documentos tributarios como las Notas de Crédito deben cumplir todas las formalidades legales para ser válidos. Además, la clasificación de ingresos debe seguir el principio de territorialidad basado en el uso económico del servicio, y los gastos deben ser necesarios, oportunos en su registro contable y estar explícitamente permitidos por la ley para ser deducibles.

Montos en disputa

$1,017,781.75

impuesto determinado

$263,207.99

multa

$1,280,989.74

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII objetó la disminución de ingresos por $2,921,841.39, argumentando que las Notas de Crédito emitidas por el contribuyente no cumplían con los requisitos legales. Específicamente, no hacían referencia al número del Comprobante de Crédito Fiscal (CCF) que modificaban, en algunos casos no se entregó el original al cliente, y en otros se consignó 'Clientes Varios' en lugar de identificar al receptor, incumpliendo los artículos 110 y 114 del Código Tributario.
  2. Confirmado 2 · La DGII reclasificó $3,989,189.71 de 'ingresos no sujetos' a 'rentas gravadas'. Sostuvo que las comisiones 'incoming' (recibidas por compras de sus tarjetahabientes en el exterior) son de fuente salvadoreña porque el servicio que las origina (emisión y administración de la tarjeta de crédito, autorización de la transacción) se desarrolla y utiliza económicamente en El Salvador, donde está domiciliado el banco emisor.
  3. Confirmado 3 · La DGII objetó la deducción de gastos por $97,254.06 en el ejercicio 2018, porque, a pesar de corresponder a dicho período, fueron registrados contablemente en el ejercicio 2019. Esto viola el requisito de registro contable en el ejercicio correspondiente, según el artículo 29-A numeral 18) de la Ley de Impuesto sobre la Renta.
  4. Confirmado 4 · La DGII objetó la deducción de $45,200.73 en gastos relacionados con una fiesta navideña para empleados (certificados de regalo, licor, música, juguetes, etc.). Argumentó que estos gastos no son indispensables para la producción de la renta ni para la conservación de la fuente, como exige el artículo 28 de la LISR, y no califican como las prestaciones sociales deducibles listadas en el artículo 32 de la misma ley.
  5. Confirmado 5 · La DGII impuso una multa por evasión no intencional del 25% sobre el impuesto determinado, de acuerdo con el artículo 253 del Código Tributario. La sanción se fundamentó en que el contribuyente presentó una declaración incorrecta al omitir ingresos y deducir gastos improcedentes, lo que resultó en un pago menor del impuesto debido.