Artículo 8
Impuesto especial a la primera matrícula de vehículos automotores
El impuesto especial a la primera matrícula de vehículos automotores se determinará aplicando a la base imponible una tasa o alícuota de acuerdo a la categoría del vehículo según lo regulado y la tabla siguiente:
| DESCRIPCIÓN | CATEGORÍA | TASA AD VALOREM |
|---|---|---|
| Vehículos automotores para el transporte de personas del tipo autobús o microbús, de motor diesel o gasolina, u otra tecnología | Categoría 1 | 1.0% |
| Vehículos automotores de turismo y demás vehículos automotores concebidos principalmente para el transporte de personas hasta 9 pasajeros incluidos su conductor, de motor diesel o gasolina, u otra tecnología: | Categoría 2 | |
| Vehículos automotores de 0 a 2000 centímetros cúbicos del tipo 4x2 | Categoría 2.1 | 4.0% |
| Vehículos automotores de más de 2,000 centímetros cúbicos, del tipo 4x2. | Categoría 2.2 | 4.0% |
| Vehículos automotores de cualquier cilindrada, del tipo 4x4. | Categoría 2.3 | 6.0% |
| Vehículos automotores de cualquier cilindrada, para transporte especial tales como ambulancias y carros fúnebres. | Categoría 2.4 | 1.0% |
| Vehículos automotores para el transporte de mercancías del tipo pickups, paneles, furgonetas, camiones y cabezales, de motor diesel o gasolina, u otra tecnología | Categoría 3 | 1.0% |
| Vehículos automotores del tipo motocicletas, tricimotos y cuadrimotos: | Categoría 4 | |
| Hasta 250 centímetros cúbicos | Categoría 4.1 | 1.0% |
| Más de 250 centímetros cúbicos | Categoría 4.2 | 8.0% |
| Vehículos automotores para usos especiales no comprendidos dentro de ninguna de las categorías anteriores, de los utilizados como camión grúa, para sondeo o perforación, de volteo, concreteros, recolector de basura, camión cisterna, camiones blindados y otros. | Categoría 5 | 2.0% |
| Otros vehículos no automotores del tipo remolques y semi remolques para el transporte de mercancías y otros usos | Categoría 6 | 1.0% |
Los vehículos nuevos o usados, que no estén comprendidos en las categorías anteriores estarán sujetos a una tasa ad valorem del cinco por ciento (5%).
Este artículo en la práctica
Casos, riesgos y argumentos se abren con tu usuario de HazConta
Otros artículos muy citados de esta ley
-
El Tribunal confirma la resolución de la DGII que objetó créditos fiscales de IVA por la compra de un vehículo, su blindaje y seguros, al no considerarlos indispensables para la actividad económica del contribuyente. Adicionalmente, se confirman las multas por presentación tardía de declaraciones…
Ningún caso cargado con ese filtro.
Hay 1 caso más sobre este artículo
El criterio del Tribunal, el resumen de cada caso y el documento original se abren con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
1 riesgos fiscales se apoyan en este artículo, 1 de ellos de nivel alto
Cada uno trae su porcentaje de confirmación ante el Tribunal y qué hacer para no caer en él. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
- tipicidad100% de éxito
2 argumentos reales: 1 de defensa con su tasa de éxito y 1 de la DGII
Extraídos de los casos del TAIIA sobre este artículo. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
1 documento · 1 obligatorio
Análisis legal de clasificación tributaria
Qué documentos exigir y los 8 errores que ya costaron multas
Con el monto de cada sanción tal como quedó en la resolución. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
Guarda tus propios comentarios en cada artículo
Apunta lo que revisaste, lo que le falta a un cliente o el criterio que quieres recordar. Se anclan al inciso y te siguen desde cualquier dispositivo. Se abre con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.