Artículo 2
Administración del impuesto
La administración del impuesto especial establecido en la presente Ley, le corresponderá al Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos, en adelante la Dirección General.
El Ministerio de Hacienda establecerá los sistemas administrativos para el cobro del impuesto especial que dispone la presente Ley.
Este artículo en la práctica
Casos, riesgos y argumentos se abren con tu usuario de HazConta
Otros artículos muy citados de esta ley
-
Un contribuyente fue sancionado por la Dirección General de Aduanas (DGA) debido a un error en la declaración de importación de un vehículo que resultó en un pago menor de impuestos. El Tribunal de Apelaciones (TAIIA) revocó las sanciones, determinando que la DGA actuó sin competencia, ya que la…
Ningún caso cargado con ese filtro.
1 riesgos fiscales se apoyan en este artículo
Cada uno trae su porcentaje de confirmación ante el Tribunal y qué hacer para no caer en él. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
- legalidad100% de éxito
1 argumentos reales: 1 de defensa con su tasa de éxito y 0 de la DGII
Extraídos de los casos del TAIIA sobre este artículo. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
Qué documentos exigir y los 1 errores que ya costaron multas
Con el monto de cada sanción tal como quedó en la resolución. Abierto con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.
Guarda tus propios comentarios en cada artículo
Apunta lo que revisaste, lo que le falta a un cliente o el criterio que quieres recordar. Se anclan al inciso y te siguen desde cualquier dispositivo. Se abre con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.