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Texto vigente

Artículo 11

Este número en otras leyes
1

Cuando un vehículo quedare fuera de circulación definitivamente, su propietario está obligado a entregar en la Dirección General, a más tardar en la fecha de la matrícula prevista, la Tarjeta de Circulación y placas que le corresponden, las cuales deberán de pertenecerle.

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