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Texto vigente

Artículo 18

Incentivos

Este número en otras leyes
1

Para efectos del Impuesto sobre la Renta, los donantes tendrán derecho a deducir, el costo de los bienes objeto de la donación en que hayan incurrido, conforme a las reglas del artículo 32, numeral 4) inciso segundo de la ley del impuesto en mención.