Sentencia R2201025TM
Para deducir cuentas incobrables, es crucial documentar y probar el cumplimiento de TODOS los requisitos del Art. 31 LISR y Art. 37 RLISR para cada deuda, incluyendo su registro original…
Este caso en cifras
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Qué se discutió y cómo terminó
El Tribunal de Apelaciones confirma una determinación de la DGII contra una empresa por la deducción improcedente de gastos de cuentas incobrables y viáticos. El tribunal sostiene que el contribuyente no probó el cumplimiento de todos los requisitos legales para las cuentas incobrables (como su registro como ingreso gravado y el intento de cobro judicial) y no documentó los viáticos con facturas, lo que los convierte en remuneración sujeta a retención de ISR.
Qué deja este caso
Para deducir cuentas incobrables, es crucial documentar y probar el cumplimiento de TODOS los requisitos del Art. 31 LISR y Art. 37 RLISR para cada deuda, incluyendo su registro original como ingreso gravado y las gestiones de cobro judicial. Asimismo, los viáticos deben respaldarse con facturas idóneas para no ser considerados salario y evitar la objeción del gasto y multas por no retener.
Montos en disputa
$2,197,053.41
impuesto determinado
$550,702.86
multa
$2,749,675.61
total en disputa
Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto
- Confirmado 1 · La DGII argumentó que la revocación del auto que archivaba el proceso de fiscalización fue una acción legal y obligatoria, fundamentada en una… Art. 118
- Confirmado 2 · La DGII objetó la deducción de más de $4.6 millones por cuentas incobrables, argumentando el incumplimiento de varios requisitos del Art. 31 No. 2 de…
- Confirmado 3 · La DGII objetó la deducción de gastos registrados como 'viáticos por kilometraje', considerándolos remuneraciones adicionales a los empleados.
- Confirmado 4 · La DGII determinó que el contribuyente ajustó indebidamente el monto de sus gastos no deducibles en la declaración de ISR.
- Confirmado 5 · Como consecuencia de los ajustes al impuesto por las deducciones improcedentes, la DGII impuso una multa por Evasión No Intencional (Art. 253 CT). Art. 253
Los 5 puntos del caso: qué objetó la DGII, qué respondió el contribuyente y cómo decidió el Tribunal
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