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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 25 de julio de 2025 · Tasación/Multa

Sentencia 011-1224

Toda modificación a una operación de venta, como devoluciones o descuentos, que disminuya los ingresos gravados, debe documentarse rigurosamente cumpliendo todos los requisitos formales que exige la ley. El uso de documentos de control interno o Notas de Crédito emitidas incorrectamente (sin referencia al comprobante original o sin detalle) no es válido fiscalmente y llevará al rechazo del ajuste y a la determinación de impuestos omitidos.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta omitido y una multa por evasión no intencional a una empresa. La controversia se centró en el rechazo de ajustes a los ingresos por más de USD$3 millones, debido a que el contribuyente utilizó documentación inadecuada, como Notas de Crédito con defectos formales y documentos de control interno no autorizados, para respaldar devoluciones y descuentos. Adicionalmente, se objetaron gastos por kilometraje al ser considerados remuneraciones sin la retención correspondiente.

Qué deja este caso

Toda modificación a una operación de venta, como devoluciones o descuentos, que disminuya los ingresos gravados, debe documentarse rigurosamente cumpliendo todos los requisitos formales que exige la ley. El uso de documentos de control interno o Notas de Crédito emitidas incorrectamente (sin referencia al comprobante original o sin detalle) no es válido fiscalmente y llevará al rechazo del ajuste y a la determinación de impuestos omitidos.

Montos en disputa

$1,061,315.82

impuesto determinado

$265,328.96

multa

$1,644,202.47

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sostuvo que los acuerdos de delegación eran de competencia (Art. 43 LPA) y no de firma, cumpliendo con los requisitos legales. Afirmó que el acto fue emitido por una autoridad competente y que la nulidad alegada no se configuraba, ya que no existía una incompetencia manifiesta en razón de la materia o territorio.
  2. Confirmado 2 · La DGII argumentó que la caducidad no operaba en este caso. Señaló que el inciso segundo del artículo 175 del Código Tributario establece una excepción al plazo de caducidad cuando el contribuyente declara un saldo a favor, como ocurrió en la declaración de ISR 2020 de la sociedad.
  3. Confirmado 3 · La DGII determinó ingresos no declarados al objetar ajustes a las ventas por $3,005,709.46. Sostuvo que los ajustes carecían de soporte documental idóneo, ya que se realizaron con Notas de Crédito que no cumplían los requisitos del Art. 110 CT (no referenciar el CCF original o no detallar el producto) o con documentos de control interno no autorizados.
  4. Confirmado 4 · La DGII objetó la deducción de gastos de venta por $1,428,138.60. El motivo fue que estos gastos estaban soportados con Notas de Crédito y documentos de control interno ('Válido para Control Interno'), los cuales no son documentos idóneos para respaldar una deducción de gastos según la legislación tributaria.
  5. Confirmado 5 · La DGII objetó la deducción de $162,396.97 en 'gastos por kilometraje'. Consideró que estos pagos fijos mensuales a empleados por el uso de sus vehículos no eran viáticos, sino una remuneración adicional. Para que esta remuneración fuera deducible para la empresa, se debió efectuar la retención de ISR correspondiente, lo cual no se hizo.
  6. Confirmado 6 · La DGII impuso una multa por Evasión No Intencional, argumentando que la presentación de una declaración incorrecta (con ingresos omitidos y gastos no deducibles) resultó en un pago menor del impuesto debido, configurando la infracción tipificada en el artículo 253 del Código Tributario.