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HazConta Leyes
Modificatorio Renta Notificada el 20 de noviembre de 2023

Sentencia R2304017TM

Es fundamental que toda deducción de costos y gastos esté rigurosamente documentada con el comprobante legal idóneo para cada tipo de operación (facturas, CCF, comprobantes de CEDEVAL, etc.), se registre contablemente en el período fiscal en que se incurre (devengo) y sea estrictamente necesaria para generar renta. La falta de cualquiera de estos elementos resultará en el rechazo de la deducción y posibles sanciones.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El contribuyente apeló una resolución de la DGII que determinó un impuesto sobre la renta y multas por evasión no intencional e información incompleta. Las objeciones de la DGII se centraron en la reclasificación de ingresos y el rechazo de múltiples deducciones por falta de documentación, necesidad o correcta imputación temporal. El Tribunal modificó la resolución, revocando la objeción a los gastos por intereses de valores bursátiles al aceptar un criterio de documentación diferente, pero confirmó la mayoría de las demás objeciones y las multas, aunque ajustando la de evasión al nuevo monto de impuesto.

Qué deja este caso

Es fundamental que toda deducción de costos y gastos esté rigurosamente documentada con el comprobante legal idóneo para cada tipo de operación (facturas, CCF, comprobantes de CEDEVAL, etc.), se registre contablemente en el período fiscal en que se incurre (devengo) y sea estrictamente necesaria para generar renta. La falta de cualquiera de estos elementos resultará en el rechazo de la deducción y posibles sanciones.

Montos en disputa

$854,353.56

impuesto determinado

$324,330.97

multa

$1,178,684.53

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII reclasificó como ingresos gravados USD$179,540 que la contribuyente declaró como excluidos. La administración argumentó que la sociedad no proporcionó la documentación necesaria para comprobar que estos ingresos por recuperación de cartera correspondían a préstamos cuyo gasto por incobrabilidad había sido declarado como no deducible en ejercicios anteriores.
  2. Revocado 2 · La DGII objetó la deducción de intereses por un total de USD$2,711,047.69, argumentando que el gasto no estaba debidamente documentado. Exigía que la contribuyente presentara facturas o 'invoices' emitidas por los inversionistas finales que recibieron los intereses, conforme al artículo 29-A numeral 18) de la LISR.
  3. Confirmado 3 · La DGII objetó la deducción de intereses pagados a varios bancos internacionales por un total de USD$2,241,269.65. Sostuvo que, aunque se presentaron contratos y comprobantes de transferencia, faltaba el documento de soporte idóneo emitido por el proveedor del servicio, es decir, una 'INVOICE' o factura internacional.
  4. Confirmado 4 · La DGII objetó USD$63,095.77 por derechos de registro pagados al Centro Nacional de Registros (CNR). Aunque la contribuyente presentó un comprobante de cheque, la DGII argumentó que faltaba el documento de soporte legalmente idóneo, como el mandamiento de pago debidamente cancelado o un Comprobante de Crédito Fiscal.
  5. Confirmado 5 · La DGII objetó gastos por consultas al buró de crédito (USD$20,089.86) y por calificaciones de riesgo (USD$101,443.71). El motivo fue la falta de documentación de soporte idónea (Comprobantes de Crédito Fiscal o 'invoices') que respaldara los registros contables de provisión y los pagos.
  6. Confirmado 6 · La DGII objetó USD$32,736.03 en gastos por celebraciones para empleados (fiestas, cumpleaños, etc.). Argumentó que estos no son necesarios para la producción de la renta, sino liberalidades de la empresa, y no califican como las prestaciones sociales deducibles del artículo 32 de la LISR.
  7. Parcial 7 · La DGII objetó: 1) USD$38,717.21 por pérdidas en la baja de préstamos, considerándolas pérdidas de capital no deducibles (Art. 29-A num 10 LISR). 2) USD$9,031.73 en gastos registrados en 2019 pero incurridos en 2018, por violar el principio de independencia de ejercicios (Art. 13 LISR).
  8. Parcial 8 · La DGII impuso una multa por evasión no intencional (Art. 253 CT) derivada del impuesto determinado, y otra por proporcionar información incompleta (Art. 241 lit d) CT) debido a la falta de documentación de soporte durante la fiscalización.