Saltar al contenido
HazConta Leyes
Modificatorio Renta Notificada el 8 de noviembre de 2021 · Multa

Sentencia R1811008TM

Para efectos del Impuesto sobre la Renta, el criterio de 'devengado' es estrictamente fiscal y prevalece sobre cualquier normativa contable o financiera.

Este caso en cifras

El caso completo se abre con tu usuario de HazConta

Qué se discutió y cómo terminó

Una entidad bancaria apeló una resolución de la DGII que determinó un millonario ajuste al Impuesto sobre la Renta de 2014, principalmente por omitir ingresos de intereses en cuentas de orden y por la objeción de diversas deducciones. El Tribunal modificó la resolución, confirmando la determinación de ingresos pero revocando la objeción a ciertos gastos por ilegalidad o falta de motivación, y anulando la multa por evasión intencional al no encontrar dolo, aunque mantuvo la sanción por no enterar el pago a cuenta.

Qué deja este caso

Para efectos del Impuesto sobre la Renta, el criterio de 'devengado' es estrictamente fiscal y prevalece sobre cualquier normativa contable o financiera. Los ingresos por intereses deben declararse cuando nace el derecho a su cobro, sin importar su registro en cuentas de orden o su probabilidad de recuperación. Asimismo, las deducciones deben cumplir rigurosamente los requisitos de la ley tributaria, ya que la justificación operativa o de negocio no es suficiente si el gasto no es considerado necesario o está expresamente prohibido por la ley fiscal.

Montos en disputa

$6,340,664.31

impuesto determinado

$44,047.51

multa

$6,384,711.82

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sostuvo que el Decreto Legislativo No. 127 no era aplicable al caso, ya que la resolución determinativa fue emitida y notificada antes de la…
  2. Confirmado 2 · La DGII determinó una omisión de ingresos por $22.6 millones, argumentando que los intereses sobre créditos en mora y castigados, aunque registrados…
  3. Confirmado 3 · La DGII objetó la deducción de gastos por fiestas para empleados, torneos y suscripciones a periódicos.
  4. Revocado 4 · La DGII objetó la deducción de la reserva constituida sobre activos extraordinarios que no fueron vendidos en el ejercicio.
  5. Revocado 5 · La DGII objetó los gastos de mantenimiento (seguridad, servicios básicos) de activos extraordinarios no vendidos en el ejercicio.
  6. Confirmado 6 · La DGII objetó la deducción del monto que el contribuyente pagó en concepto de retención de ISR a un proveedor no domiciliado.
  7. Revocado 7 · La DGII objetó la deducción de los montos que el banco reintegró a sus clientes por fraudes con tarjetas de crédito.
  8. Revocado 8 · La DGII objetó la deducción de reservas de saneamiento constituidas sobre cuentas por cobrar que no eran préstamos.
  9. Revocado 9 · La DGII recalculó la proporcionalidad de los gastos comunes, resultando en un mayor gasto no deducible.
  10. Revocado 10 · La DGII impuso una multa del 50% del impuesto determinado, conforme al Art. 254 del Código Tributario.
  11. Revocado 11 · La DGII impuso una multa basada en el Art. 247 del Código Tributario, como consecuencia de haber determinado ingresos no declarados sobre los cuales…