Artículo 9
En el formulario de declaración de equipaje se consignarán, entre otros aspectos, los siguientes:
- a)
Identificación del viajero;
- b)
Fecha de llegada;
- c)
Identificación del medio de transporte;
- d)
Valor de los bienes nuevos;
- e)
Determinación de los bienes sujetos a restricción; y,
- f)
Liquidación sobre la base del impuesto único del 30%
Ninguna sentencia del TAIIA invoca este artículo todavía.
Ningún riesgo del catálogo se apoya en este artículo todavía.
Aún no hay argumentos extraídos de casos sobre este artículo.
Aún no hay documentos ni errores vinculados a este artículo.
Guarda tus propios comentarios en cada artículo
Apunta lo que revisaste, lo que le falta a un cliente o el criterio que quieres recordar. Se anclan al inciso y te siguen desde cualquier dispositivo. Se abre con tu usuario de HazConta.
Licencia de HazConta: $35 por usuario al mes, empresas ilimitadas, Radar Fiscal incluido. Si ya la tienes, entra con el mismo usuario.