Saltar al contenido
HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 52

Tribunal del jurado

Este número en otras leyes
1

Corresponderá al tribunal del jurado el juzgamiento de los delitos siguientes:

  1. a)

    Lesiones, lesiones graves, lesiones muy graves, lesiones agravadas.

  2. b)

    Los relativos a la autonomía personal.

  3. c)

    Daños y daños agravados.

2

Si el delito fuere conexo con alguno de los de competencia del tribunal de sentencia, conocerá este último.

Otros artículos muy citados de esta ley