Artículo 36-B
Corresponden al Viceministro de Ingresos, las siguientes atribuciones:
- 1)
El manejo de los ingresos, incluyendo los impuestos internos y aduanas;
- 2)
Velar por un racional cumplimiento de la política tributaria;
- 3)
Evaluar y considerar la conveniencia de introducir mecanismos de incentivos fiscales en armonía con la estructura tributaria vigente;
- 4)
Proponer, junto con el Ministerio de Economía lo relacionado a las políticas de aduanas; y
- 5)
Fortalecer las políticas orientadas a cumplir con el proceso de integración económica centroamericana.
Este artículo en la práctica
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Qué documentos exigir y los 1 errores que ya costaron multas
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