Artículo Incompleto_1
Las Entidades del Sistema Financiero, podrán proponer a la Administración Tributaria, una alternativa para su autorización distinta a la del párrafo anterior; siempre que garantice el interés fiscal.
El sujeto pasivo de la Retención de Liquidez, será el titular de la cuenta, en la que se realice el depósito, pago o retiro.
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