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Texto vigente

Artículo 12

Este número en otras leyes
1

Toda publicación en una imprenta no matriculada, será reputada, clandestina, y el dueño de la imprenta penado con doscientos colones de multa, sin perjuicio de que la imprenta quede secuestrada hasta que su dueño presente la certificación de haberla matriculado.

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