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HazConta Leyes
Texto vigente

Artículo 67

Cobro de obligaciones tributarias

Este número en otras leyes
1

Establécese la facultad privativa de la Dirección General de Teso-rería, para realizar el cobro de las obligaciones tributarias que, por aplicación de leyes y reglamentos se encuentren pendientes de pago al haber vencido los términos señalados.

2

Inciso segundo. Derogado

Este artículo en la práctica

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