Artículo 3
Deróganse los siguientes Decretos Legislativos: el No. 265, del 18 de junio de 1992, publicado en el Diario Oficial No. 129, Tomo 316 del 14 de julio de 1992; el No. 508 de 16 de noviembre de 1995, publicado en el Diario Oficial No. 213, Tomo 329 del 17 del mismo mes y año; el No. 778 del 25 de julio de 1996, publicado en el Diario Oficial No. 155, Tomo 332 del 22 de agosto 1996; y el No. 940 del 15 de enero de 1997, publicado en el Diario Oficial No. 29, Tomo 334 del día 13 de febrero de 1997.
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