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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 21 de febrero de 2023 · Multa

Sentencia R2204009TM

Es indispensable mantener una contabilidad formal y legalizada, respaldar cada costo y gasto con su documento idóneo, y utilizar medios bancarios (cheques, transferencias) para todas las compras que superen los 25 salarios mínimos. La falta de estos soportes, incluso si las operaciones son reales, resultará en el rechazo de las deducciones por parte de la autoridad fiscal y la posible determinación de impuestos sobre base presunta, con las consecuentes multas.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal de Apelaciones confirma una determinación de la DGII por más de $3.8 millones en Impuesto sobre la Renta y $1 millón en multas a un importador de productos lácteos para el ejercicio 2015. La decisión se basa en la falta total de contabilidad formal, la no documentación de costos, el pago de importaciones millonarias en efectivo, y la subdeclaración de ingresos, lo que llevó a la DGII a estimar el impuesto sobre una base presunta. El Tribunal ratificó que el incumplimiento de requisitos formales y sustanciales, como la bancarización, invalida las deducciones y justifica plenamente las sanciones impuestas.

Qué deja este caso

Es indispensable mantener una contabilidad formal y legalizada, respaldar cada costo y gasto con su documento idóneo, y utilizar medios bancarios (cheques, transferencias) para todas las compras que superen los 25 salarios mínimos. La falta de estos soportes, incluso si las operaciones son reales, resultará en el rechazo de las deducciones por parte de la autoridad fiscal y la posible determinación de impuestos sobre base presunta, con las consecuentes multas.

Montos en disputa

$3,803,120.51

impuesto determinado

$1,005,530.97

multa

$4,808,651.48

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII sostiene que el proceso de fiscalización no ha caducado. Argumenta que la reanudación del proceso, tras la anulación del Decreto Legislativo N° 127 por la Sala de lo Constitucional, le permitió legalmente continuar y finalizar la auditoría, ya que la sentencia no impuso un plazo de finalización para los casos ya iniciados y suspendidos.
  2. Confirmado 2 · La DGII determinó rentas no declaradas por $1.4M utilizando una base presunta. Se basó en que los registros del contribuyente eran poco fiables, con facturas extraviadas, inconsistencias en los libros de ventas y depósitos bancarios no justificados, utilizando como indicios las importaciones (FAUCAs) y un precio de venta promedio.
  3. Confirmado 3 · La DGII objetó costos por más de $10.6 millones correspondientes a la compra de productos lácteos. La objeción se basa en que, al ser operaciones mayores a 25 salarios mínimos, no se pagaron a través de medios bancarios (cheque, transferencia, etc.) como exige la ley, sino en efectivo.
  4. Confirmado 4 · La DGII objetó costos por $225,264.79 de fletes y seguros, y otros $588,584.96 de costos varios. La razón es que no estaban respaldados por documentos idóneos (facturas de proveedores de servicios), sino que se basaban en estimaciones en las pólizas de importación (FAUCAs) y en hojas de retaceo internas del contribuyente.
  5. Confirmado 5 · La DGII objetó gastos de operación por $7,039.42. La objeción se debe a que estos gastos no estaban respaldados por ninguna documentación de soporte ni se encontraban registrados contablemente, ya que el contribuyente no llevaba contabilidad formal.
  6. Confirmado 6 · La DGII impuso una multa del 25% sobre el impuesto omitido, conforme al Art. 253 del Código Tributario. La sanción se justifica porque el contribuyente presentó una declaración incorrecta al deducir costos y gastos improcedentes, lo que resultó en un pago menor del impuesto debido.
  7. Confirmado 7 · La DGII impuso una multa por no enterar el anticipo a cuenta mensual (1.75% de los ingresos brutos), ya que el contribuyente presentó las declaraciones mensuales en cero a pesar de tener ingresos. Esto constituye una infracción al Art. 151 del Código Tributario, sancionada por el Art. 247 lit. a).
  8. Confirmado 8 · La DGII impuso cinco multas distintas por incumplimientos formales: omitir llevar registros contables, llevar control de inventarios sin requisitos, no practicar inventario físico, no presentar el formulario de inventario (F-983) y no presentar el informe de proveedores (F-987).