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HazConta Leyes
Confirmatorio Renta Notificada el 29 de noviembre de 2019 · Tasación/Multa

Sentencia R1903009TM

Al vender un bien de capital como un inmueble, es crucial no solo declarar la ganancia obtenida, sino también asegurarse de que todos los costos y mejoras que se pretendan deducir estén respaldados por documentación fiscalmente idónea (facturas, etc.) emitida a nombre del propietario del bien y que los pagos hayan sido realizados por este, ya que la carga de la prueba recae enteramente en el contribuyente.

Este caso en cifras

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Qué se discutió y cómo terminó

El Tribunal confirma la resolución de la DGII que determina Impuesto sobre la Renta no pagado y multas a una contribuyente que vendió un inmueble, obtuvo una ganancia de capital y no la declaró. La defensa de la contribuyente, basada en la deducción de costos de mejora, fue desestimada porque no pudo probar con documentación idónea que ella hubiera incurrido en dichos gastos, ya que los pagos fueron realizados por su yerno.

Qué deja este caso

Al vender un bien de capital como un inmueble, es crucial no solo declarar la ganancia obtenida, sino también asegurarse de que todos los costos y mejoras que se pretendan deducir estén respaldados por documentación fiscalmente idónea (facturas, etc.) emitida a nombre del propietario del bien y que los pagos hayan sido realizados por este, ya que la carga de la prueba recae enteramente en el contribuyente.

Montos en disputa

$21,196.47

impuesto determinado

$19,076.83

multa

$173,033.72

crédito fiscal objetado

$40,273.30

total en disputa

Cómo resolvió el Tribunal, punto por punto

  1. Confirmado 1 · La DGII determinó un impuesto sobre la renta por ganancia de capital no declarada, proveniente de la venta de un inmueble. La DGII objetó la deducción de costos por mejoras (construcción de vivienda) y gastos de transacción por USD $173,033.72, argumentando que la documentación de respaldo era legalmente inválida, ya que consistía en copias simples de recibos y cheques emitidos mayormente a nombre de un tercero (el yerno de la contribuyente) y no de la contribuyente misma.
  2. Confirmado 2 · La DGII impuso una multa del 50% del impuesto omitido por evasión intencional. Fundamentó la sanción en la presunción de intención de evadir establecida en el artículo 254 literal h) del Código Tributario, ya que la contribuyente omitió por completo presentar su declaración de Impuesto sobre la Renta para el ejercicio 2016, y por ende, no declaró la renta gravada por la ganancia de capital.
  3. Confirmado 3 · La DGII impuso una multa con base en el artículo 238 literal a) del Código Tributario. La sanción se debió a que la contribuyente, estando obligada a declarar por haber obtenido rentas gravadas (ganancia de capital), omitió presentar la declaración de Impuesto sobre la Renta del ejercicio 2016 dentro del plazo legal.